Si deseas liquidar tu adeudo pero no cuentas con la totalidad del importe, te ofrecemos la facilidad de pagarlo en mensualidades. Para este fin, ponemos a tu disposición una calculadora que te permite conocer los montos estimados de tus mensualidades. Antes de realizar el cálculo, toma la siguientes consideraciones:
- El monto de cada una de las parcialidades deberá ser igual, y tendrán que ser pagadas en forma mensual y sucesiva.
- El plazo solicitado por el contribuyente para realizar el pago en parcialidades no podrá exceder de 36 meses en total.
- En el supuesto de que el contribuyente deudor se retrase en el pago de una mensualidad en la fecha establecida, se consultarán las reglas de carácter general emitidas por el SAT para evaluar el procedimiento a seguir.
- El total del monto a pagar a plazos integrará el total de la(s) multa(s) actualizada(s) desde el mes en que se debió(eron) pagar (30 días hábiles después de la fecha de notificación de la sanción), y hasta el mes en que se presente la solicitud; se disminuirá el 20% del monto total del crédito fiscal, y se adicionará la tasa de recargos por prórroga que incluye actualización del crédito fiscal de acuerdo a la Ley de Ingresos de la Federación vigente a la fecha de la solicitud, dividiendo el resultado entre el número de mensualidades a pagar.
Fundamento legal: Código Fiscal de la Federación; artículos 66 primer párrafo y 66-A / Reglamento del Código Fiscal de la Federación; artículo 65 / Resolución Miscelánea Fiscal; regla 2.14.1 y 2.14.5
Para calcular tus pagos
- Seleccionar la fecha en que te notificaron de manera oficial.
- Seleccionar la fecha propuesta para realizar el primer pago.
- Capturar el monto total de la multa impuesta.
- Elegir el número de mensualidades que estás solicitando.
- Clic en calcular.
El sistema estimará el adeudo que deberás cubrir adicionado con los recargos por financiamiento.
Consideraciones: El monto estimado que te estamos presentando se calcula considerando que efectuarás cada uno de tus pagos de manera puntual en las fechas correspondientes. Si no pagas en la fecha establecida, se podrá iniciar el cobro forzoso del adeudo a tu cargo (Artículos 66 y 66-7 del CFF).
actualización y los recargos correspondientes. Si no realizas el pago acordado en la fecha establecida se podría iniciar el cobro forzoso del adeudo a tu cargo (Artículos 66 y 66-A del CFF).
*Si deseas conocer los requisitos a fin de solicitar la autorización para ejercer esta facilidad de pago. Para conocer los requisitos para ser autorizado a realizar esta facilidad de pago, consulta el apartado
Facilidades de pago.
Calculadora
¡Importante!
El cálculo que aquí se muestra es solo una simulación y no debe ser tomado como definitivo.
El Pago diferido consiste en fijar una fecha para liquidar tu adeudo, sin que el plazo para pagar exceda de 12 meses, cuyo monto deberá cubrirse en un solo pago en la fecha establecida en la solicitud.
El monto a liquidar por el contribuyente deudor se calculará adicionando al resultado de restar el pago correspondiente al 20% del monto total, la cantidad que resulte de multiplicar la tasa de recargos por prórroga que incluye actualización de acuerdo a la Ley de Ingresos de la Federación vigente en la fecha de la solicitud de autorización de pago a plazos de forma diferida, por el número de meses o fracción de mes transcurridos desde la fecha de la solicitud de pago a plazos de forma diferida y hasta la fecha señalada por el contribuyente para liquidar su adeudo y por el monto que se diferirá.
Para calcular tu pago
- Seleccionar la fecha en que te notificaron de manera oficial.
- Seleccionar la fecha propuesta para el pago del adeudo.
- Capturar el monto total de la multa impuesta.
- Clic en calcular.
El sistema estimará el adeudo que deberás cubrir adicionado con los recargos por financiamiento.
Consideraciones: El monto estimado que te estamos presentando se calcula considerando que pagarás puntualmente en la fecha elegida. Si no pagas en la fecha establecida, se cobrará la actualización y los recargos correspondientes. Si no realizas el pago acordado en la fecha acordada se podría iniciar el cobro forzoso del adeudo a tu cargo (Artículos 66 y 66-A del CFF).
*Si deseas conocer los requisitos a fin de solicitar autorización para ejercer esta facilidad de pago, consulta el apartado Facilidades de pago
Calculadora
¡Importante!
El cálculo que aquí se muestra es solo una simulación y no debe ser tomado como definitivo.